domingo, 20 de diciembre de 2015

CRÉDITO HIPOTECARIO



El crédito hipotecario es una alternativa de financiación de mediano o largo plazo que es otorgado a una persona para  la adquisición, ampliación, modificación, reparación o construcción de una vivienda, de una oficina o algún local comercial; en éste tipo de crédito la propiedad adquirida queda hipotecada a favor del banco donde se realice el préstamo, de ésta manera el banco se encarga de asegurar que la persona cumpla con el pago del crédito. 

Un crédito hipotecario comparte muchas semejanzas con el préstamo hipotecario; ambos tienen la misma finalidad pero funcionan de diferente manera, el préstamo hipotecario es cerrado, es decir, que tiene unas condiciones fijas establecidas en un contrato, que deberá modificarse si el cliente requiere cambiarlas, por otro lado, el crédito hipotecario se presta una cantidad de dinero y la persona que recibe éste puede decidir si utiliza una parte de este monto o sólo una parte y así cada vez que necesite dinero podrá usar éste, así al ir pagando dispondrá siempre de la misma cantidad de dinero.



Existen diversos tipos de crédito hipotecario, son determinados normalmente por sus tipos de cuotas.

Algunos beneficios de estos créditos son:
  • ·         No generan impuesto de timbre
  • ·         Pago mensual de la prima de seguros a través de amparo de las pólizas colectivas de vida e incendio y terremoto ofrecidas por el Banco.
  • ·         Pueden realizarse abonos extraordinarios.
  • ·         No se cobra por estudio de crédito en algunas financiadoras
  • ·         La persona elige el plazo y el sistema de amortización que mejor se adapte a sus necesidades.
  • ·         Los prepagos y abonos son permitidos durante todo el contrato sin sanción alguna.
Los plazos para pagar este tipo de préstamos son de varios años y pueden pagarse a dos tipos de interés, a intereses en pesos, ésta sería una tasa única anual, “según un informe del Banco de la República, está en promedio de 12.99% efectivo anual para viviendas de interés social y un  12.5% para las demás” (Mario Chávez Restrepo, la republica) estos porcentajes dependen de cada entidad financiera, una vez la persona conozca su plan, conocerá a qué tasa de liquida su cuota, así la persona que hará el préstamo sabrá cuál es el valor de cada cuota durante los años que dure el préstamo; por otra parte, existe el interés UVR (unidades  de valor real), “creado en 1999 con la Ley 546, buscaba mantener el valor adquisitivo de la moneda, por eso, la tasa que se cobra mensualmente, varía de acuerdo a la inflación; esta tasa que se suma a la UVR, según un informe del Banco de la Republica, está en promedio en 9.92% efectivo anual para viviendas de interés social y 9.46% para las que no lo sea.

Además la persona podrá escoger entre dos modalidades de pago, ya sean cuotas fijas, donde el deudor desde el comienzo sabe cuáles serán sus cuotas y éstas casi siempre serán fijas. Por otra parte tenemos la modalidad de abonos a capital en donde la cuota que se debe pagar, comienza siendo alta pero va siendo más baja con el paso del tiempo. Ambas modalidades aplican para interés fijo y UVR.


La diferencia entre ambos sistemas radica, según Luis Acevedo, analista macroeconómico de Serfinco, en que quien tome el crédito con UVR tendrá alguna incertidumbre sobre la cuota que va a pagar, mientras que quien tenga un crédito indexado en pesos va a tener una tasa más alta que la básica de los créditos UVR, pero va a conocer desde el principio el valor de todas y cada una de sus cuotas” (Mario Chávez Restrepo, la republica).






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